La multitudinaria marcha en El Bolsón en defensa del espacio de todos. El comienzo de un logro colectivo. Nada menos.
Por Greenpeace ArgentinaLuego de la marcha del 7 de enero, en la que participaron más de 10 mil personas en contra del proyecto urbanístico sobre una “Villa Turística”, la justicia provincial suspendió el desarrollo sobre la ladera del Cerro Perito Moreno, tras un amparo presentado el pasado lunes por vecinos denunciando irregularidades en la compra de las tierras e impactos ambientales. La obra se emplazaría sobre parte de una reserva natural municipal, dentro de la Reserva de Biósfera de la UNESCO. Además, es lindero a un área protegida provincial, y afectaría bosques nativos y cuencas hídricas sobre 850 hectáreas.
Según Hernán Giardini, coordinador de la campaña de Bosques de Greenpeace, y quién representó durante la marcha el apoyo de la organización ecologista hacia las comunidades cercanas “Esta decisión de la justicia es el resultado de una comunidad movilizada en la defensa de sus bosques y sus fuentes de agua. El gobierno tiene que escuchar a la gente y no ser cómplice de su destrucción. Éste y otros tantos casos demuestran que necesitamos en forma urgente la sanción de una Ley de Delitos Forestales que penalice a empresarios y funcionarios involucrados en la deforestación ilegal”
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de Bariloche dictó: “1) suspender cautelarmente el cumplimiento de las Ordenanzas 165/16 y 194/16 y la Resolución Municipal 295/16 relativas al emprendimiento inmobiliario proyectado sobre las parcelas 20-1-445525 y 20-1-400522; 2) prohibir cautelarmente la ejecución de trabajos relativos al emprendimiento en las parcelas citadas; y 3) anotar cautelarmente la litis en el Registro de la Propiedad Inmueble respecto de las mismas parcelas, a cuyo fin se librará el oficio necesario”. (1)
El fallo advierte que “todos los operadores del caso (partes, funcionarios, etcétera) parecen coincidir en que el emprendimiento justifica aplicar los protocolos de protección ambiental respectivos dado el riesgo ambiental que acarrea (…) Ello Así, es altamente verosímil que la aprobación ambiental del caso deba cumplir por lo menos con el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley M 3266), en cuyo ámbito debería acreditarse a su vez el cumplimiento previo de los presupuestos mínimos para la protección general del ambiente (ley nacional 25675), de los bosques nativos (Ley nacional 26331 y Ley Q 4552) y de los recursos hídricos (Ley Q 2952), con todos los recaudos impuestos además por las normas locales, especialmente las relativas a protección de zonas específicas”.
El pasado 2 de enero, Greenpeace envió una carta al gobernador de la provincia, Alberto Weretilneck, solicitando que no autorice su autorización en función “del impacto significativo que tendrá sobre una extensa superficie de bosques nativos con valiosa biodiversidad e importantes cuencas hídricas; y de la oposición de gran parte de la población”. (2)
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Notas: La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de Bariloche dictó: “1) suspender cautelarmente el cumplimiento de las Ordenanzas 165/16 y 194/16 y la Resolución Municipal 295/16 relativas al emprendimiento inmobiliario proyectado sobre las parcelas 20-1-445525 y 20-1-400522; 2) prohibir cautelarmente la ejecución de trabajos relativos al emprendimiento en las parcelas citadas; y 3) anotar cautelarmente la litis en el Registro de la Propiedad Inmueble respecto de las mismas parcelas, a cuyo fin se librará el oficio necesario”. (1)
El fallo advierte que “todos los operadores del caso (partes, funcionarios, etcétera) parecen coincidir en que el emprendimiento justifica aplicar los protocolos de protección ambiental respectivos dado el riesgo ambiental que acarrea (…) Ello Así, es altamente verosímil que la aprobación ambiental del caso deba cumplir por lo menos con el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley M 3266), en cuyo ámbito debería acreditarse a su vez el cumplimiento previo de los presupuestos mínimos para la protección general del ambiente (ley nacional 25675), de los bosques nativos (Ley nacional 26331 y Ley Q 4552) y de los recursos hídricos (Ley Q 2952), con todos los recaudos impuestos además por las normas locales, especialmente las relativas a protección de zonas específicas”.
El pasado 2 de enero, Greenpeace envió una carta al gobernador de la provincia, Alberto Weretilneck, solicitando que no autorice su autorización en función “del impacto significativo que tendrá sobre una extensa superficie de bosques nativos con valiosa biodiversidad e importantes cuencas hídricas; y de la oposición de gran parte de la población”. (2)
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1) Fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de la Tercera Circunscripción Judicial de Río Negro.
2) Carta al gobernador de Río Negro.